• Seguro de transporte.

    En el segmento de seguros de carga, ofrecemos seguros personalizados e innovadores que se adaptan a las necesidades del cliente.

  • Seguro para producción de películas y documentales.

    Un Programa de Seguros Integral que permite cubrir todos los riesgos previsibles, combinando varias coberturas en una misma póliza simplificando la operatividad y protegiendo con amplitud la inversión del productor.

miércoles, mayo 10, 2017

¿Por qué tomar conciencia sobre la contratación de un seguro?




Todos estamos expuestos a diferentes tipos de riesgos, que van desde la casa, el trabajo, en la calle, etc. Sin embargo, la desinformación y la creencia de que “nunca nos pasará” son puntos claves por los cuales, las personas no se deciden por contratar un seguro.


Según el diario Gestión y en entrevista con Rafael Picasso Salinas, Socio del Estudio de Echecopar, argumenta que según el panorama actual muy pocos, por no decir casi ninguno de los peruanos tiene un seguro. Y aunque digan para qué debo tenerlo, hay que tener en cuenta que es una molestia necesaria.

“Creo ya es necesario una política de Estado, ya que todos deberían tener un sistema pensionario y una cobertura de seguro . Pero aquí el problema es la informalidad y es algo que no se quiere atacar. Atacado esto, viene el tema de educación y puede haber mucha gente que está muy educada y consciente de la necesidad de un seguro , pero que no les alcanza el dinero, por el nivel tan bajo de ingresos que tiene el peruano”, acotó Picasso para Gestión.


Finalmente, Picasso recomendó siempre verificar los tipos de seguro que existen por desastres naturales ya que en muchos casos y por desinformación, se eligen seguros que no son los adecuados.


Obtener un seguro no se trata de un gasto, sino de una inversión a largo plazo, cuyo beneficio son la protección y la tranquilidad para el asegurado. Por esta razón, se debe contactar a un corredor de seguros, quien brinda el debido asesoramiento personalizado, ajustando necesidades y precios.


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viernes, mayo 05, 2017

¿Seguro EPS?




¿Qué es una EPS?
Las siglas EPS se refieren a Entidades Prestadoras de Salud, las cuales son empresas que brindan servicios de salud privada a los trabajadores que están afiliados a ellas, y complementan la cobertura que brinda EsSalud.

¿Qué es un Seguro EPS?
Es un PLAN COMPLEMENTARIO a los servicios de EsSalud, que contrata el empleador. 

¿Cómo se financia una EPS?
Al afiliarte a una EPS, la empresa destina una parte del aporte al Seguro Social, el cual es el 9% del sueldo a la EPS y el trabajador puede acceder a un plan de salud privado, sin generarle un costo adicional a la empresa.

¿Quiénes pueden afiliarse a una EPS?
  • Los trabajadores en planilla.
  • Cónyuge o conviviente
  • Hijos dependientes hasta los 18 años e hijos mayores de 18 años con incapacidad absoluta declarada.
  • Y en algunos casos, hijos mayores de 18 años hasta 28 años inclusive.

¿Qué cubre el EPS?
  • Atención hospitalaria.
  • Atención ambulatoria
  • Maternidad
  • Odontología
  • Emergencias

¿Qué no cubre el EPS?
  • Enfermedades preexistentes.
  • Procedimientos estéticos.
  • Suplementos alimenticios, nutricionales o productos naturales

Sin embargo, al contar con una EPS dependiendo del tamaño de la cartera se puede otorgar beneficios adicionales.

EPS y Riesgos & Soluciones

El viernes 31 de marzo, Riesgos & Soluciones junto con la EPS de Pacifico asistió al cliente Distribuidora Continental 6 SAC para realizarle una sesión de risoterapia, un beneficio que se gestionó como parte de su EPS. Para realizar el taller se organizó 2 grupos administrativos y operativos. Disfrutando de un buen momento en equipo.






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miércoles, mayo 03, 2017

¿Qué son los Seguros de Vida con Ahorro?



Las compañías de seguro idearon la posibilidad de combinar la necesidad de protección con la posibilidad de guardar dinero para un objetivo financiero personal: los Seguros de Vida con Ahorro. 

Así, el asegurado, que puede tener entre 18 y 60 años de edad, podrá elegir en función a sus posibilidades –y la asesoría de la aseguradora- la cantidad por la que protegerá a tu familia y la  suma de ahorro que será de libre disponibilidad, la cual podría emplearse en la educación de los hijos, adquisición de bienes, entre otros.

Esto quiere decir que se habla de un producto a largo plazo, que permite ahorrar con una tasa de retorno más atractiva que algunas de las opciones más conocidas. Todo esto sin dejar de lado su principal fin, la protección de los seres queridos del usuario. Este producto representa una oportunidad para generar una mejor cultura aseguradora y que la cobertura de vida se vuelva una prioridad para las familias peruanas, según informa el diario Gestión.

Para acceder a este tipo de seguro se debe tener capacidad de contratación y de acuerdo a la empresa aseguradora, se debe presentar exámenes de salud. 






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lunes, mayo 01, 2017

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)



El SCTR es el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales creado por la Ley 26790 (de Modernización de la Seguridad Social en Salud). Otorga coberturas por accidentes de trabajo y enfermedad profesional a los trabajadores, empleados y obreros y que laboran en un centro de trabajo de alto riesgo, de las actividades que se detallan en el Anexo 5 del mencionado Decreto Supremo.




Este seguro está otorgado a la totalidad de trabajadores del centro de trabajo de riesgo, determinado como tal por ley, en el cual se desarrollan las actividades de riesgo, sean empleados u obreros, temporales o permanentes.



Las coberturas del SCTR:
  • Cobertura de Salud por Trabajo de Riesgo y Enfermedades Profesionales: EsSalud o la Entidad Prestadora de Salud (EPS) con las que la entidad empleadora haya contratado esta cobertura otorgará al trabajador como mínimo las siguientes prestaciones:
    1. Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional a la Entidad Empleadora y a los Asegurados.
    2. Atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, cualquiera fuere su nivel de complejidad hasta la recuperación total del asegurado, la declaración de invalidez total o parcial permanente o su fallecimiento.
    3. El asegurado conserva su derecho de ser atendido por el Seguro Social en Salud con posterioridad al alta o la declaración de invalidez permanente.
    4. Rehabilitación y readaptación laboral al asegurado inválido bajo este seguro.
    5. Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional a la Entidad Empleadora y a los Asegurados.
    6. Aparatos de prótesis y ortopédicos que necesite el asegurado bajo este seguro.

  • Cobertura de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio:
    1. Pensión de Sobrevivencia: La Aseguradora pagará pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado.
    2. Pensión de Invalidez: La Aseguradora pagará pensiones de invalidez al asegurado que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional quedara en situación de invalidez.
    3. Gastos de Sepelio: En caso de fallecimiento de un asegurado, la aseguradora reembolsará los gastos de sepelio a la persona natural o jurídica que los hubiera sufragado, previa presentación de los documentos originales que sustenten dicho gasto.




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